Para cumplir con el Real Decreto-ley 29/2021, antes del 01 de enero de 2023, todos los edificios de uso distinto al residencial con una zona de aparcamiento con más de veinte plazas, ya sea en el interior o en un espacio exterior adscrito, así como en los estacionamientos existentes no adscritos a edificios con más de veinte plazas, deberán disponer de una estación de recarga por cada 40 plazas de aparcamiento o fracción, hasta 1.000 plazas, y una estación de recarga más por cada 100 plazas adicionales o fracción.
En F.M. & Vargas somos especialistas en este tipo de instalaciones. Nos encargarnos del proyecto, la instalación y la legalización. Si deseas obtener más información, escríbenos a comercial@fmvargas.com

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